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SUBVENCIONES para empresas y autónomos de MADRID |
PROGRAMA INNOEMPRESA DE APOYO A LA INNOVACIÓN DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS F. Inicio Convocatoria: 03-03-2010 F. Fin Convocatoria: 03-04-2010 F. Inicio Inversión: 03-03-2010 F. Fin Inversión: 31-12-2010 COMUNIDAD DE MADRID Ayudas para: 1.Proyectos de innovación en colaboración: 1.1Apoyo a proyectos presentados por grupos de empresas cuya actividad forme parte de la cadena de valor de un producto, a través de la implantación conjunta de proyectos integrados de gestión logística, medioambiental o energética, y otros proyectos innovadores de implantación conjunta, (ingeniería concurrente, diseño distribuido, etc) destinados a mejorar procesos y productos de empresas vinculadas por la cadena de valor, así como, en su caso, la obtención de derechos de propiedad industrial que pudieran derivarse. 1.2Identificación de necesidades tecnológicas conjuntas, desarrollos de soluciones técnicas y organizativas comunes y utilización de servicios avanzados compartidos por grupos de pequeñas y medianas empresas. 2.Innovación organizativa y gestión avanzada: 2.1 Apoyo a proyectos que impliquen la adopción de nuevos modelos empresariales innovadores que incidan en la mejora de las diferentes áreas de la empresa como: •Organización de la producción. •Relaciones con proveedores o clientes. •Innovación en los modelos de “marketing” y de comercialización. •Innovación en logística y distribución. •Integración de los sistemas de gestión empresarial. 2.2 Apoyo a la incorporación de diseño de producto, envase y embalaje, pudiendo incluir elementos de identidad gráfica, y comunicación siempre que se encuentren asociados al nuevo producto, así como, en su caso, la obtención de derechos de propiedad industrial que pudieran derivarse. Beneficiarios Pequeñas y medianas empresas que cuenten con uno o más empleados y los organismos intermedios. Se considerará empresa toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica. Se considerarán organismos intermedios: •Organizaciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, que de forma habitual estén prestando servicios de apoyo a la innovación y a la modernización en sus diversas formas a las pequeñas y medianas empresas, y dispongan de recursos materiales y humanos para impulsar y orientar dichos proyectos innovadores. •Entidades con participación mayoritaria de capital público que presten de forma habitual servicios de carácter empresarial de apoya a la innovación y la competitividad de las pequeñas y medianas empresas y promuevan proyectos que se ajusten a la tipología de los subvencionados. Las ayudas concedidas no serán de aplicación a: •Actividades relacionadas con la exportación, directamente vinculadas a las cantidades exportadas, al establecimiento y funcionamiento de una red de distribución o a otros gastos corrientes vinculados a la actividad exportadora. •Las ayudas subordinadas a la utilización preferente de productos nacionales respecto a productos importados. •Los productos de la pesca y la acuicultura. •Las actividades relacionadas con la producción primaria de productos agrícolas: fabricación y comercialización de productos agrícolas, cuando la ayuda se repercuta total o parcialmente sobre los productores primarios (agricultores). •Las ayudas a favor de actividades del sector del carbón, con la excepción de las ayudas a la formación, las ayudas de investigación y desarrollo e innovación y las ayudas para la protección del medioambiente. •Ayudas a favor del sector del acero. •Ayudas a favor de actividades en el sector de la construcción naval. •Ayudas a favor de actividades en el sector de las fibras sintéticas. Cuantía de Inversión •Hasta el 20% si se considera pequeña empresa y hasta el 10% si se considera mediana empresa, para las inversiones en activos materiales e inmateriales. •Hasta el 50% para gastos de estudio y asesoramiento y otros gastos subvenionables de organismos intermedios. Coste salarial máximo subvencionable de personal de la entidad solicitante (organismo intermedio) •Directos técnico/coordinador proyecto: oCoste anual (con Seguridad Social): 84.600 euros/año. o1.800 horas/año: 47 euros/ hora. •Técnico superior: oCoste anual (con Seguridad Social): 70.200 euros/año. o1.800 horas/año: 39 euros/ hora. •Técnico junior o medio: oCoste anual (con Seguridad Social): 48.600 euros/año. o1.800 horas/año: 27 euros/ hora. Notas Para el caso 1: se considerarán aquellos proyectos que, con solicitudes individualizadas de, al menos, tres empresas independientes entre si (cinco empresas mínimo, en el caso de solicitudes de organismos intermedios) y con sus relaciones formalizadas documentalmente, traten de resolver, de forma lo mas integral posible, la gestión logística, medioambiental o energética de las pymes participantes, preferentemente con soluciones de mercado y cuando no existan o se justifique por la naturaleza del proyecto, con desarrollos a medida. |
Ayudas y subvenciones para el empleo de discapacitados en empresa ordinaria - Comunidad de Madrid
Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid |
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